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Última actualización: 13 de octubre de 2005
Bienvenido a la página web de American Airlines para agencias de viajes.
Esta página contiene toda la información relevante sobre el transporte de artículos
personales y sobre los artículos prohibidos como equipaje de mano.
Por favor, utilice los enlaces de abajo para acceder al mes de su elección o los de la
derecha para acceder a otras páginas de la web.
Gracias por su respaldo.
| Artículos personales
| Artículos prohibidos o restringidos como equipaje de mano |
| Equipo de tiro y armas de fuego |
Artículos personales
| Rizadores de pelo de gas
| Cartuchos de dióxido de carbono |
Hielo seco
| Artículos electrónicos
| Alimentos |
| Tanques o botellas de helio
| Pistolas de pintura |
Medicinas y artículos de aseo
| Cajas de herramientas |
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Rizadores de pelo de gas
Los rizadores de pelo de gas butano deben llevar una tapa de seguridad,
correctamente cerrada, que cubra la zona de calor y el interruptor de seguridad en posición de
apagado. No se pueden usar durante el vuelo; el cartucho de recarga no puede llevarse ni de mano,
ni facturado. No se admiten recargas, ni en la cabina ni en la bodega.
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Cartuchos de dióxido de carbono
Se permite llevar dos para chalecos salvavidas autoinflables y dos cartuchos de repuesto.
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Hielo seco
- Debe ir debidamente marcado como hielo seco.
- Se permite un peso neto de 2 kgs. por pasajero en posesión de un billete válido (total: 22 kgs.).
- Nombre del objeto refrigerado.
- Recipiente ventilado pero sin escapes de plástico duro o espuma de poliestireno dura.
- Exclusivamente para material médico o para diagnósticos o productos alimentarios.
- Recargo: 40 USD o 54 CAD por trayecto, bien sea en bodega o como equipaje de mano.
- Si se transporta un exceso de hielo seco, debe transportarse como carga.
- Si se lleva de mano, debe caber debajo del asiento (22 × 33 × 58 cms.).
- Si el hielo seco supera el tamaño o el peso permitido o supone un exceso de equipaje,
remita al pasajero a una compañía de carga aérea o una agencia de transportes.
- Deberá rellenarse un formulario OK-333 de "notificación de mercancías peligrosas" dirigido
al comandante.
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Artículos electrónicos
Algunos aviones disponen de tomas de corriente. Por favor, para obtener más información
consulte el siguiente enlace:
Comodidades a bordo.
Nota: todos los artículos electrónicos deben caber debajo del asiento o en el
compartimento superior. Todos los aparatos deben funcionar con pilas.
Durante los vuelos, no podrán usarse en ningún momento los siguientes
aparatos:
- Ratones inalámbricos.
- Juegos o juguetes electrónicos con mando a distancia, salvo los que hayan sido instalados
a bordo por AA.
- Radios (AM, FM, VHF), televisores a pilas o con alimentación eléctrica,
cámaras de vídeo profesionales y aparatos de GPS.
Los siguientes aparatos pueden utilizarse a bordo después del despegue y
el aterrizaje:
- Calculadoras.
- Videocámaras.
- Ordenadores y unidades de CD-ROM.
- Máquinillas de afeitar eléctricas.
- Juegos o juguetes electrónicos sin mando a distancia. Nota: no se aceptan las pistolas de
juguete.
- Durante todas las fases del vuelo se pueden usar reguladores de calor eléctricos,
audífonos y artículos médicos aprobados.
- Agendas electrónicas de mano.
- Ordenadores portátiles con ratón incorporado.
- Walkman y reproductores de discos compactos
- Máquinas de escribir portátiles que quepan en un maletín.
- Grabadoras de voz portátiles.
- Los teléfonos móviles pueden usarse en las puertas, pero no durante el despegue del
vuelo ni las maniobras previas al despegue del avión por tierra.
- Reproductores de vídeo o DVD portátiles.
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Alimentos
Los alimentos deben ir embalados en recipientes debidamente sellados. Los empleados de AA de
los mostradores de facturación pueden denegar el transporte de un producto si ven que no está
bien embalado -y por tanto hay riesgo de que se produzcan olores o escapes- o si en la aduana
de destino no se admite la entrada del alimento en cuestión.
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Tanques o botellas de helio
Llenas: No se aceptan.
Vacías: Se aceptan pero se aplicará el recargo por exceso de equipaje correspondiente.
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Pistolas de pintura
Las pistolas recreativas con cartucho de CO2 se aceptan como equipaje
facturado en bodega, ya que la pintura no es tóxica y no se considera un material peligroso.
Para los viajes internacionales, se recomienda a los pasajeros que avisen a los policías del
aeropuerto de que llevan una pistola de pintura, ya que cuando se pasa por los rayos X
parece una pistola de verdad.
Las pistolas de pintura recreativas no pueden llevarse como equipaje de mano porque el
servicio de seguridad confisca todos los objetos que parezcan armas de fuego, ya sean
inofensivos o no.
Las pistolas de pintura no recreativas no pueden ni facturarse ni llevarse de mano,
ya que las pinturas comerciales pueden resultar peligrosas.
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Medicinas y artículos de aseo
Artículos de uso personal por pasajero con billete, en bodega y como equipaje de mano:
- Aerosoles: desodorante y laca de pelo, 500 cc.
- Medicinas y artículos de aseo: perfumes, colonias y medicinas con alcohol, 500 g. para sólidos
ó 500 cc para líquidos.
- Encendedores y cajas de cerillas: se permite uno de cada por persona.
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Cajas de herramientas
Sólo facturadas.
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Artículos prohibidos o restringidos como equipaje de mano
Por favor, consulte el siguiente enlace para consultar una lista completa de los artículos
prohibidos o restringidos como equipaje de mano:
www.aa.com o
www.tsa.gov
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Equipo de tiro y armas de fuego
- Para algunos viajes internacionales es necesaria una autorización por escrito de
las autoridades del lugar de destino. Infórmese de las normativas ya que su cumplimiento
es responsabilidad del pasajero.
- Ningún menor de 18 años puede facturar un arma de fuego.
- Sólo se aceptan como equipaje facturado en la bodega. No se pueden facturar en los mostradores
de facturación existentes fuera de la terminal en algunos aeropuertos.
- Es necesario rellenar un formulario de declaración T79 en el mostrador de billetes de
AA para cada una de las líneas aéreas que participen en el itinerario. Para la munición
no es preciso rellenar el formulario de declaración.
- Las armas de fuego deben ir descargadas y embaladas en contenedores rígidos a prueba
de golpes.
- La munición debe ir debidamente embalada, es decir, en la caja original o el cargador
original del fabricante, o en las ranuras de cartuchos diseñados para albergar balas
individuales.
- El peso máximo permitido es de 5 kgs.
Excepción: 13 kgs. de munición para el personal militar que este de servicio,
tenga órdenes de despliegue y un arma reglamentaria. Sólo se aceptarán como equipaje facturado.
- La etiqueta del formulario T79 debe ir dentro de la bolsa facturada.
- No se permite el transporte de balas o casquillos sueltos.
- La munición debe ir embalada en la misma funda que el arma de fuego.
- Máximo por funda: 3 rifles/escopetas o 5 pistolas/revólveres.
- Se permite también el transporte de plantillas de tiro, silenciadores y herramientas.
- En la mayoría de las oficinas de venta de billetes de AA se pueden adquirir fundas para
rifles y pistolas.
- En Francia, Alemania, Japón, Reino Unido y Suiza no se venden fundas.
- Las escopetas de perdigones y aire comprimido no se consideran armas de fuego.
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