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Animales de servicio

American Airlines y American Eagle aceptan sin cargo alguno animales de servicio utilizados por personas con discapacidades. El animal puede acompañar al pasajero con discapacidad dentro de la cabina del avión, siempre y cuando este no obstaculice el pasillo u otras áreas usadas para las evacuaciones de emergencia.

Si un animal de servicio es inquieto o demasiado grande para caber debajo del asiento o a los pies del pasajero sin alterar el espacio de otro pasajero o sin sobresalir al pasillo, necesitará viajar en una jaula transportadora o ''kennel'' (proporcionada por el pasajero) en el área de carga. La jaula transportadora (kennel) deberá cumplir con las especificaciones y con el tamaño requeridos por la IATA según el animal. También aplican restricciones de temperatura para no poner en riesgo la seguridad del animal.

Los animales de servicio usados por clientes con discapacidades no están sujetos al pago de un cargo. Sería de gran ayuda que traigan puesto un arnés, etiqueta o chaleco que indique su condición de animal de servicio, para que el personal del aeropuerto los pueda distinguir. Sin embargo, su palabra convincente de que el animal está brindando un servicio de asistencia ante una discapacidad bastará en caso le pidamos información.

Vea la lista de las áreas de bienestar para animales en determinados aeropuertos de EE.UU. Si su aeropuerto no está en esta lista, pregunte por la ubicación de esta área o solicite ayuda en nuestro mostrador de boletos.

Si desea información sobre perros de servicio, ingrese a nuestra página Viajando con mascotas.

Pueden aplicar procedimientos de cuarentena. Su agente de reservaciones o de viajes puede brindarle información sobre las regulaciones existentes en su ciudad de destino.

Animales de servicio en vuelos hacia Hawai

La ley de cuarentena de Hawai ha sido diseñada para proteger a los residentes y sus mascotas contra problemas graves de salud asociados con la introducción y propagación de la rabia. Para recibir aprobación se deben hacer las coordinaciones previas directamente con la oficina de Cuarentena Animal, llamando al 808-483-7151 (desde EE.UU.) o en www.hawaii.gov/hdoa/ai/aqs/info*

Los perros guía, perros de servicio y animales de apoyo emocional pueden viajar en la cabina de pasajeros en vuelos hacia/desde Hawai. El animal será llevado a las instalaciones de cuarentena del aeropuerto para verificar el cumplimiento de los requisitos y para ser examinado a su llegada a Honolulu.

Animales de servicio en vuelos hacia el Reino Unido

American Airlines está autorizada a llevar animales de servicio (perros o gatos) hacia el Reino Unido. Los pasajeros con discapacidades deben obtener y presentar una carta de pre-aprobación emitida por el centro de recepción de animales de la ciudad de destino del pasajero. Para obtener la carta de pre-aprobación, el pasajero también debe tener la documentación original de salud. Para conocer los requisitos de pre-aprobación, visite: www.defra.gov.uk/animalh/quarantine*

Los pasajeros también pueden llamar a los siguientes Centros de Recepción de Animales:
Londres Heathrow (LHR)(011) 44 208 745 7894
Manchester (MAN)(011) 44 161 489 8220

Animales de apoyo emocional y de servicio psiquiátrico
Los animales de apoyo emocional y de servicio psiquiátrico son aquellos animales que brindan apoyo emocional a personas que tienen alguna discapacidad relacionada a su salud mental. De acuerdo con el Departamento de Transporte de EE.UU., para permitir que los animales de apoyo emocional y de servicio psiquiátrico viajen en la cabina de pasajeros requerimos tener la documentación pertinente 48 horas antes de la salida del vuelo.

Para coordinar el transporte de un animal de apoyo emocional o de servicio psiquiátrico, comuníquese con Reservaciones al 1-800-633-3711 (desde EE.UU.) o con su oficina local de Reservaciones, por lo menos 48 horas antes de su vuelo.

Requerimos la presentación de documentación reciente (de no más de un (1) año antes de la fecha programada del vuelo inicial del pasajero). La documentación debe cumplir con los siguientes criterios:

  • En papel membretado de un profesional de la salud mental con licencia, lo que incluye a un doctor en medicina que se encuentre tratando concretamente la discapacidad mental o emocional del pasajero (ej. psiquiatra, psicólogo, asistente social clínico con licencia), se deberá indicar lo siguiente:

    • que el pasajero padece una discapacidad en salud mental identificada en la Cuarta Edición del Manual de Diagnóstico y Estadística de Desórdenes Mentales (DSM IV)
    • que el pasajero necesita al animal de apoyo emocional o psiquiátrico para el viaje en avión y/o para realizar sus actividades en el lugar de destino
    • que la persona que proporciona la evaluación es un profesional de la salud mental con licencia y que el pasajero se encuentra bajo su cuidado profesional
    • la fecha y el tipo de licencia del profesional de salud mental, al igual que el estado u otra jurisdicción en la que fue emitida
  • Planifique registrarse (hacer check-in) una hora antes del tiempo requerido para el público en general, por temas de verificación de la documentación.
  • Para aceptar que su animal de servicio psiquiátrico o de apoyo emocional viaje en la cabina de pasajeros, deberá presentar todo lo arriba específicamente mencionado. De no cumplir con todos los requisitos, el animal viajará en calidad de mascota en la cabina de pasajeros o en el compartimento de carga.

Regresar a la página principal de accesibilidad del avión y asistencia a clientes con discapacidades.

*Al seleccionar este enlace, usted ingresará a una página con información relacionada en inglés. Para regresar a AA.com, solo cierre la ventana de su explorador de Internet.